I just verified that there are no more paper forms to fill out to renew or obtain your pension visa here in Colombia. Here is the body of the letter from the Cancelliera Office:
Respetado Señor:
Reciba un cordial saludo del Centro Integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
De acuerdo a su solicitud le indicamos que no existe un formulario para imprimir y presentar como
solicitud de visa, sino por el contrario existe es la solicitud de visa en línea que le facilita la
obtención de la misma estando desde su casa u oficina.
El nuevo estatuto migratorio Decreto 834 del 24 de Abril de 2013, el extranjero que desee solicitar
una visa para ingresar al territorio colombiano, podrá realizar la solicitud de manera virtual
ingresando a través del siguiente enlace en donde podrá diligenciar el formulario de solicitud de
visa en línea:
http://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visas/solicitud-visa-linea.
A través de este formulario podrá efectuar el pago del estudio y la aprobación de su visa según la
discrecionalidad del oficial encargado en tomar su solicitud. Así mismo toda respuesta respecto al
trámite de su visa le será enviada vía correo electrónico.
Los requisitos e información adicional de la visa TP-7 se indican a continuación.
Visa TP7 como pensionado
Con base el Decreto 0834 del 24 de Abril de 2013 por el cual se establecen disposiciones en
materia migratoria de la República de Colombia, se le dará la Información pertinente sobre la Visa
(TP7). Tenga en cuenta que esta Visa se le otorgara Al extranjero que desee ingresar al territorio
nacional en desarrollo de alguna de las siguientes actividades u ocupaciones: En calidad de
pensionado o rentista; de socio o propietario de sociedad; para recibir tratamiento médico y para
el extranjero acompañante de aquel que recibirá el tratamiento médico; propietario de inmueble;
para el ejercicio de oficios o actividades independientes. En el presente caso la vigencia de la visa
será de un (1) año con múltiples entradas. Además de la ocupación principal autorizada en la visa
el extranjero podrá desarrollar actividades de estudio.
La permanencia del extranjero titular de esta visa será del total de su vigencia.
Requisitos:
•Copia de la página principal del pasaporte vigente donde aparecen registrados los datos
personales del titular.
•Copia de la página del pasaporte donde haya sido estampado el último sello de ingreso o salida
de Colombia, según el caso.
•Para visas anteriores otorgadas sin el OCR o código de lectura rápida, anexar copia de la página
que contenga la última visa colombiana. En caso de que ésta hubiere sido otorgada con el OCR
este requisito no será necesario.
•Si el trámite va a ser finalizado por un apoderado adjuntar poder debidamente otorgado.
• Certificación expedida por autoridad competente, gobierno, empresa pública o privada, o
entidad extranjera o colombiana, o misión diplomática o consular del país donde el extranjero
obtuvo la pensión acreditada en Colombia, en la que conste que el extranjero solicitante de la visa
recibe pensión mensual no inferior a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Recuerde que los documentos que hayan sido expedidos por otro Estado, y que se encuentren en
idioma diferente al castellano, deberán ser traducidos por un traductor autorizado, y apostillados
y/o legalizados según el caso tanto el documento original, como la traducción.
Tenga en cuenta que si la solicitud de visa se hace en un Consulado, usted previamente a debido
cargar los documentos en línea, junto con la foto del solicitante de la visa.
Le recordamos que el enlace para hacer la solicitud de visa en línea es:
https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarVisa.xhtml
RECOMENDACIONES SOLICITUD EN LÍNEA:
•Para todos los casos de solicitud en línea el correo electrónico es necesario.
•Para la solicitud en línea la recomendación es cargar todos los documentos en un solo archivo en
el orden especificado en el formulario, en formato PDF. Las hojas deben ir en el mismo sentido, es
decir de forma vertical, de lo contario la solicitud se inadmitirá, ya que en esta solicitud se deben
cargar los documentos requisitos para cada visa.
•Contar con una foto en formato (JPG) con las siguientes características. a color con fondo blanco
de 3X4. Mirar de frente a la cámara y asegurarse de que la cabeza sale centrada en la fotografía y
completa. Ambos ojos deben salir abiertos. No deben salir destellos en la foto, no permitir que el
cabello u otros accesorios cubran el rostro.
Es recomendable que esta solicitud sea realizada en Internet Explorer 7 o superior, por Mozilla
Firefox o Google Crome para cumplir con la totalidad de la solicitud.
El tamaño máximo de almacenamiento en el aplicativo es de 3MB y es recomendable que se
guarden los documentos en el orden establecido en el formulario pero en un solo archivo en
formato PDF. Adicionalmente le comunicamos que el tamaño máximo de almacenamiento de la
fotografía es de 300KB en formato JPG en tamaño de 3 X 4 cms.
Una vez ha llenado la solitud de visa en línea y desea pagar en el Consulado, usted selecciona esta
opción al momento que el sistema le pregunta dónde desea pagar.
Recuerde el día que se acerque al Consulado debe llevar los documentos cargados en línea, de
forma presencial para que el funcionario del Consulado los pueda estudiar y verificar.( En el caso
que haga la solicitud en Consulado).
Costos y Medios de Pago
Estudio: 50 Dólares
Visa: 205 Dólares
El pago de la visa estando en Colombia puede ser:
1. Pago electrónico: A través de internet, para esto deberá utilizar el Sistema de Pago electrónico,
oprimiendo el botón pagos seguros en línea. Para conocer cómo funciona el sistema de pago
electrónico en línea puede consultar nuestra Guía al Ciudadano para PSE . Tenga en cuenta que
para realizar su pago por PSE debe contar con una cuenta activa en Colombia, habilitada por la
respectiva entidad financiera con el servicio para pagos electrónicos.
2. Pago en la red de cajeros servibanca.
3. Pago en la oficina de Bogotá
Dirección oficina de Bogotá: Avenida Carrera 19 No 98-03.
Horario de atención: lunes a viernes de 7:30am a 12 del mediodía.
Si la visa es aprobada y el trámite fue hecho en línea, a usted le llegará una visa electrónica la cual
debe imprimir y presentar junto con su pasaporte en la oficina de Bogotá en los horarios indicados
previamente para que la misma le sea estampada en el pasaporte.
Si usted no puede acercarse a la oficina en Bogotá, puede nombrar un apoderado mediante poder
notarial, que junto con la visa electrónica y su pasaporte puede presentarse en la oficina de
2:00pm a 3:00pm para que la visa sea estampada en el pasaporte.
Tenga en cuenta que este proceso se debe hacer máximo a los 15 días de que le haya llegado la
visa electrónica. En este mismo tiempo usted también debe registrar la visa ante Migración
Colombia.
Atentamente,
Centro Integral de Atención al Ciudadano
Ministerio de Relaciones Exteriores
Bogotá D.C., Colombia
As always please verify your specific questions as this is the bible of answers. But it sure helps!
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